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Gastos de Vender un Inmueble en Colombia 2026

Febrero 19 de 2026

A continuación, se detallan los pagos que corresponden a cada parte, integrando las novedades de las fuentes:

Pagos a cargo del Vendedor

Es quien suele asumir la mayor carga tributaria en la transacción:

  • Retención en la Fuente: Es un pago anticipado de impuestos que se realiza en la notaría. Según el Decreto 0572 de 2025, se redujo a la mitad el umbral de exención para personas jurídicas que venden vivienda, pasando de 20.000 UVT a 10.000 UVT. Esto significa que ahora más operaciones de venta realizadas por empresas deben tributar esta retención al momento de la firma.
  • Comisión de Intermediación (Corretaje): Si la venta se realiza a través de su inmobiliaria, el vendedor paga los honorarios por el servicio. El Proyecto de Ley 242 de 2025 busca profesionalizar esta actividad mediante el Registro de Corredores Inmobiliarios (RCI) y certificaciones obligatorias.
  • Impuesto Predial y Valorización: El vendedor debe entregar el inmueble a paz y salvo por estos conceptos. Las fuentes señalan que actualmente se tramitan leyes para poner límites a los incrementos del predial derivados del catastro multipropósito para evitar "choques tributarios".
  • Gastos Notariales: Por costumbre comercial en Colombia, el vendedor asume el 50% de los derechos notariales.

Pagos a cargo del Comprador

Sus gastos están más enfocados en la legalización de la propiedad:

  • Impuesto de Registro y Beneficencia: Se paga sobre el valor de la venta para poder inscribir la escritura en la Oficina de Instrumentos Públicos.
  • Gastos Notariales: Asume el 50% restante de los derechos notariales.
  • IVA en la venta (Archivado): Es importante notar que el proyecto de "Ley de Financiamiento" que pretendía gravar con IVA la venta de inmuebles nuevos y usados fue archivado definitivamente en diciembre de 2025, por lo que este cobro no se aplica.

Tabla de Ejemplo: Compraventa de Vivienda (Persona Jurídica)

Este ejemplo ilustra cómo aplicarían los costos basados en un inmueble cuyo valor supere el nuevo umbral de retención (aprox. $497 millones o 10.000 UVT):

Concepto Responsable Base / Comentario
Retención en la Fuente Vendedor Aplicable si es persona jurídica y supera 10.000 UVT.
Derechos Notariales 50% Vendedor / 50% Comprador Según tarifas notariales vigentes.
Impuesto de Registro Comprador Necesario para la tradición del inmueble.
Comisión Inmobiliaria Vendedor Pago por corretaje profesional.
Impuesto Predial Vendedor Debe estar al día hasta la fecha de entrega.
IVA sobre la venta Ninguno NO APLICA. El proyecto de ley fue archivado.

Información adicional fuera de las fuentes: Por lo general, los gastos de la Oficina de Instrumentos Públicos (Certificado de Tradición y registro de la escritura) son asumidos en su totalidad por el comprador, mientras que el impuesto de retención en la fuente para personas naturales sigue siendo usualmente del 1% sobre el valor de la venta.

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