Que es un contrato mercantil en Colombia
Octubre 2 de 2025¿Qué se entiende por contrato mercantil?
Un contrato mercantil es un acuerdo de voluntades entre dos o más partes que tiene como
finalidad constituir, regular o extinguir entre ellas una relación jurídica de carácter
patrimonial y comercial. Su principal objetivo es regular actos de comercio y proteger la
dinámica de las empresas y los negocios.
1. Fundamento y Principios Generales
La legislación mercantil establece una serie de principios que definen y rigen estos
contratos:
• Base en el Derecho Civil: El Código de Comercio estipula que los principios del derecho
civil sobre la formación de contratos, sus efectos, interpretación y modos de extinción son
aplicables a los negocios mercantiles, siempre y cuando la ley comercial no establezca algo
diferente. Esto significa que el derecho civil es la base general, y el mercantil es una
especialización.
• Finalidad Económica: La naturaleza mercantil de un contrato se deriva de su objeto, que
es una actividad económica organizada. Esto incluye la producción, transformación,
circulación, administración o custodia de bienes, o la prestación de servicios. El objetivo de
la ley es proteger la empresa y el establecimiento de comercio para darle estabilidad y
permitirle acreditarse y atraer clientela.
• Principio de Buena Fe: Los contratos mercantiles deben celebrarse y ejecutarse de buena
fe. Esto obliga a las partes no solo a cumplir lo pactado expresamente, sino también todo
aquello que corresponda a la naturaleza del contrato según la ley, la costumbre o la equidad
natural.
• Libertad de Forma: Los comerciantes pueden expresar su voluntad de contratar de
manera verbal, por escrito o por cualquier otro modo inequívoco, a menos que la ley exija
una solemnidad específica (como una escritura pública) para la validez del negocio.
2. Características Distintivas del Contrato Mercantil
Existen varias características que diferencian a los contratos mercantiles de los civiles:
• Solidaridad de los Deudores: En los negocios mercantiles, si hay varios deudores, la ley
presume que se han obligado de manera solidaria, a diferencia de la regla general en
materia civil.
• Cláusula Penal (Pena por Incumplimiento): Cuando se pacta una sanción por
incumplimiento o mora, las partes no pueden retractarse del contrato. En contratos de tracto
sucesivo, como los de arrendamiento, la ley comercial establece que la pena no puede ser
superior al monto de la obligación principal. En el caso de un arrendamiento, la
obligación principal es el canon de un mes, por lo que judicialmente se ha establecido que
la pena máxima exigible es el valor de un solo canon, aunque se hayan pactado dos o tres
en el contrato.
• Intereses de Mora: Si las partes no pactan un interés moratorio, este será equivalente a
una y media veces el interés bancario corriente. Cualquier monto que sobrepase este límite
se perderá.
• Cesión del Contrato: En los contratos mercantiles de ejecución periódica o sucesiva
(como el arrendamiento), una de las partes puede hacerse sustituir por un tercero sin
necesidad de aceptación expresa de la otra parte, a menos que la ley o el contrato lo
prohíban.
3. El Contrato de Arrendamiento Comercial como Ejemplo de Contrato Mercantil
Las fuentes que me ha proporcionado se centran en el contrato de arrendamiento
comercial, que es un ejemplo perfecto de contrato mercantil y se diferencia claramente del
de vivienda.
• Regulación Diferenciada: Mientras que el arrendamiento de vivienda urbana se rige por
la Ley 820 de 2003 (de carácter civil y social), los arrendamientos de locales y bodegas
están reglamentados por el Código de Comercio. Los contratos para oficinas tienen una
regulación especial en el Decreto 2221 de 1983.
• Protección del Establecimiento de Comercio: La ley comercial no regula el contrato de
arrendamiento de forma aislada, sino como parte integral del establecimiento de comercio.
Por ello, busca proteger al empresario-arrendatario, dándole derechos especiales para
garantizar la continuidad de su negocio.
• Derecho a la Renovación: Un empresario que haya ocupado un inmueble por no menos
de dos años consecutivos con el mismo establecimiento de comercio tiene derecho a la
renovación del contrato. Esto no es una simple prórroga en las mismas condiciones, sino
que implica un nuevo acuerdo que puede modificar el canon, el plazo u otras condiciones.
• Libertad en la Fijación del Canon: A diferencia de los contratos de vivienda, donde el
incremento anual está limitado por ley, en los contratos comerciales el valor del canon y sus
incrementos se fijan por común acuerdo entre las partes, dependiendo de la oferta y la
demanda del mercado. Si no hay acuerdo en la renovación, se puede acudir a un proceso
judicial de regulación de renta.
• Cesión y Subarriendo Flexibles: Aunque se incluya una cláusula que prohíba la cesión o
el subarriendo, la ley establece que si el arrendatario vende su establecimiento de comercio,
la venta conlleva necesariamente la cesión del contrato de arrendamiento y esta es
válida y oponible al arrendador. Además, el arrendatario puede subarrendar hasta la mitad
del inmueble sin necesidad de autorización del arrendador. Cualquier estipulación
contractual que lo prohíba se considera no escrita.
En resumen, se entiende por contrato mercantil un acuerdo de voluntades sobre una
actividad económica, regido por el Código de Comercio y caracterizado por principios
como la buena fe y la protección a la empresa. En el ámbito inmobiliario, esto se traduce en
reglas específicas para los arrendamientos comerciales que otorgan mayores libertades en la
negociación del precio y derechos robustos para el arrendatario, como la renovación y la
cesión del contrato, para asegurar la estabilidad de su negocio.
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